CORTE SUPREMA CONFIRMA 20 AÑOS DE CÁRCEL PARA SUJETO POR HOMICIDIO EN LA COMUNA DE MAULE

El hijastro del imputado – que también participó en el delito – fue sentenciado a pasar 8 años bajo internación provisoria bajo resguardo de Gendarmería

Los hechos ocurrieron la noche del 05 de junio del 2020 en la Villa el Mirador de la ciudad de Maule. En ese lugar entre los imputados y la víctima Francisco Javier Mellado Sánchez, se produce una pelea la que finaliza por sólo unos minutos ya que Jonathan Andrés Lara Carrillo de 30 años y su hijastro o C.E.V.F de 17 regresan al lugar provistos ambos de armas de fuego las que utilizaron y por la espalda en contra de Mellado quien huía de los imputados, perdiendo la vida finalmente en el interior de su casa hasta donde alcanzó a llegar.

Tras cinco días de juicio en que el fiscal Ángel Ávila, especialista en delitos violentos, expuso las contundentes pruebas y evidencias en contra de los dos sujetos, el tribunal acogió los argumento del Ministerio Público imponiendo altas penas a ambos acusados.

“La Excelentísima Corte Suprema rechazó los recursos de nulidad promovidos por la defensa de dos imputados un padre y su hijastro, ambos sentenciados como coautores del delito de homicidio calificado con la circunstancia de alevosía y porte ilegal de arma de fuego en condenadas dictadas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca por hechos acecidos el día 05 de junio del 2020 que lamentablemente terminaron con la vida de don Francisco Javier Mellado Sánchez. El tribunal había dictado sentencia condenatoria respecto de ambos acusados. Para el adulto un total de 20 años de privación de libertad a razón de 16 años por el delito de homicidio y cuatro por el porte ilegal de arma de fuego. El adolescente fue sentenciado a 8 años por el delito de homicidio y 541 días de libertad asistida por el delito de porte ilegal de arma de fuego. Luego de la investigación desarrollada por la Brigada de Homicidios de la PDI la fiscalía reunió antecedentes suficientes para llevar a ambos imputados a juicio y conforme al mérito de los antecedentes el tribunal luego de un juicio llevado a juicio en febrero del 2021 dicta la sentencia que quedó ejecutoria tras el rechazo de los recursos presentados por ambas defensas”, afirmó el fiscal Ávila.

Padre e hijastro por la extensión de las penas recibidas deberán cumplirlas sin la posibilidad de optar a ningún tipo de beneficio.

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